Israel y la Corte Penal Internacional

500 palabras sobre las relaciones entre Israel y la Corte Penal Internacional

La Corte Penal Internacional (CPI) es la primera corte permanente, independiente, con capacidad para investigar y juzgar a PERSONAS que cometan violaciones contra el derecho internacional humanitario, como ser: crímenes de guerra, de lesa humanidad y genocidio. La CPI tiene sede en La Haya (Países Bajos) y fue establecida de acuerdo al Estatuto de Roma (1/7/2002). Es importante no confundirla con la Corte Internacional de Justicia, órgano judicial de la ONU, que dirime disputas entre ESTADOS.

La competencia de la Corte Penal Internacional se limita a crímenes graves de gran trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto. La CPI no puede tratar crímenes perpetrados antes de la entrada en vigor del Estatuto de Roma (1/7/2002). Los crímenes pueden ser remitidos a la Corte Penal Internacional por un estado parte (miembro), por el fiscal (por ejemplo, si recibe solicitudes de países no miembros o de ONG), o por el Consejo de Seguridad de la ONU. La Corte puede ejercer jurisdicción si el estado en cuyo territorio fue cometido el crimen, o bien, el estado de la nacionalidad del acusado, es parte del Estatuto de Roma.

Bajo el principio de COMPLEMENTARIEDAD, la Corte actuará solamente si la Corte nacional del acusado (ejemplo, Israel) no inicia investigaciones propias y serias. Una entidad que solicita la autoridad judicial de la CPI sobre un territorio determinado «debe» ser un estado (Palestina fue reconocida por el CPI como estado aunque muchos estados occidentales rechazan tal manipulación política).

En 2020 la Fiscal del CPI Fatou Bensouda solicitó (y recibió el visto bueno de 2 jueces contra 1) para investigar a Israel y Hamás por “supuestos” crímenes de guerra. Contra Israel promueve tres investigaciones: 1) Crímenes de guerra durante Margen Protector (2014); 2) crímenes de guerra de soldados israelíes contra los palestinos de Gaza (movidos por Hamás) que marchaban contra su frontera blandiendo machetes; 3) La construcción de asentamientos judíos más allá de la Línea Verde (existen tratados bilaterales que la OLP e Israel han firmado. Oslo II (1995) dio a Israel jurisdicción militar y civil sobre el Área C de Cisjordania).

La investigación contra Israel fue promovida para la Autoridad Palestina y grupos terroristas como el Frente Popular Liberación de Palestina como parte de su campaña para ilegitimar a Israel.

Fatou Bansouda fracasó estrepitosamente en sus funciones como fiscal. Sin embargo, un movimiento como el pedido de demandar a Israel la coloca en buena posición para recibir votos de países no democráticos en vista de futuros cargos que pretende. Además, Bansouda, originaria de un régimen dictatorial africano, pretende que no solamente se procese a criminales de su continente.

Hamás comete, al menos, cuatro crímenes de guerra: 1) cuando se disfrazan de civiles para no ser atacados por Israel, 2) cuando utilizan a civiles como escudos humanos, 3) cuando lanzan misiles desde posiciones civiles, 4) cuando disparan sus misiles, a propósito, contra población civil israelí. La Autoridad Palestina y su líder, Mahmud Abbas, también deberían ser investigados por su responsabilidad en los atentados terroristas contra civiles israelíes.